Gestora Iborra

Mínimo para hacer la declaración de la renta 2021

Los autónomos que residan en España y hayan obtenido ingresos en el último año deberán presentar una declaración de la renta o IRPF.

Pero ¿Qué es la declaración de la renta?

La declaración del impuesto sobre la renta o IRPF es un impuesto a pagar por todos los ciudadanos a las autoridades fiscales y está asociado a todos los ingresos obtenidos en un año a partir de rendimientos del trabajo, activos financieros u otras inversiones.

 

Desde Gestoría Iborra, en el artículo de hoy queremos contarte cuál es el mínimo que hay que pagar para hacer la declaración de la renta de 2021.

 

Cuál es el mínimo que hay que pagar para hacer la declaración de la renta de 2021.

Has de saber, que los contribuyentes están exentos de la obligación de presentar una declaración de impuestos según el tipo de ingresos y la cantidad recaudada en un ejercicio económico determinado.

Debes presentar la declaración de impuestos si tu ingreso anual supera una cierta cantidad dependiendo de cuántos pagadores tengas:

 

Si tienes solo un pagador

Si tienes más de 22.000 € al año de trabajo o negocio, debes presentar la declaración como único contribuyente.

 

Si tienes más pagadores

En el caso de dos o más pagadores, deberá hacerlo cuando sus ingresos superen los 14.000 € anuales, salvo que la suma del segundo y siguientes pagadores no supere los 1.500€, en este caso el límite será de 22.000€.

Como resultado, aquellos que ganan menos de 22.000 € o 14.000 € (dependiendo del número de declarantes) no tienen que presentar una declaración de impuestos.

declaración de la renta 2021

¿Qué tengo que tener también en cuenta?

Además de hacer la declaración de la renta dependiendo de tus ingresos, también has de tener en cuenta una serie de factores que te obligan a declarar:

 

Restricciones a los ingresos del capital de trabajo, los ingresos comerciales y las ganancias de capital.

En el caso de que los rendimientos por rentas del capital circulante y/o plusvalías no superen un total de 1600 € anuales y no sean deducidos o ingresados ​​en su cuenta, tampoco estaremos obligados a presentar declaración de IRPF.

Quedan excluidas de este límite de 16.000 € anuales las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión, adquisición o participación en compromisos de inversión colectiva.

 

Restricciones en pérdidas patrimoniales

No estamos obligados a declarar pérdidas de capital inferiores a 500 €, independientemente de su naturaleza.

Ese será el mínimo para constituir una cuenta de pérdidas y ganancias, sujeto a condiciones y caso por caso tendremos que tener en cuenta las restricciones anteriores. Un ejemplo es la venta de acciones en un fondo de inversión.

 

Entonces, ¿Quién está exento a declarar?

Hay ciertos supuestos que impiden que los contribuyentes presenten una declaración. Esto se aplica a los siguientes contribuyentes de la renta conjunta:

  • Menos de 1.000 € anuales, incluyendo todos los rendimientos del trabajo, capital o negocio o ganancias patrimoniales. 
  • Los que declaren daños materiales por importe inferior a 500 €.

 

Llegados a este punto del artículo, si necesitas obtener más información sobre la declaración de la renta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

 

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